¿Qué son los PIIMEP?

¿Qué son los PIIMEP?

El Plan Intercomunal de Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) contiene una cartera priorizada de proyectos comunales, plasmados en planos de obras y medidas incluidas o asociadas a los instrumentos de planificación territorial vigentes, y su objetivo responde a mejorar las condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbanas.

En líneas generales, un PIIMEP debe realizar un diagnóstico del sector, elaborar un listado de iniciativas y elaborar contenidos para su difusión. A nivel comunal el municipio puede solicitar a los Gobiernos Regionales la elaboración de este plan o incluirlo en la formulación o actualización del plan comunal de desarrollo. Este plan debe ser aprobado por el Concejo Municipal y promulgado por el Alcalde, quien remite copia al Gobierno Regional.

Con la publicación en el Diario Oficial de la Ley de Aportes (Ley Nº 20.958), todos los proyectos que generen atracción o generación de personas deben mitigar sus impactos, hoy esta mitigación se realiza mediante el análisis que hacen diferentes profesionales de servicios públicos, los que generalmente llegan a acuerdos con el inversionista para realizar determinadas obras. Con los PIIMEP, todo aporte se debe realizar en línea con la cartera de proyectos validada y en este sentido se tiene mayor certeza de los verdaderos alcances de las medidas de mitigación.

Importante es destacar lo que señala la Ley de Aportes, en el sentido que: “las mitigaciones deberán ser equivalentes a las externalidades efectivamente generadas por el proyecto, y no se harán cargo de los déficits históricos de infraestructura. Los aportes se ajustarán a la densidad y al destino del proyecto”. En caso de existir estos llamados “déficit históricos”, es el propio gobierno local quien puede desarrollarlos o ejecutarlos mediante el PIIMEP.

Los PIIMEP deben actualizarse periódicamente, en un plazo no mayor a 10 años, o cada vez que se apruebe un nuevo instrumento de planificación territorial. Además, ya sea a nivel comunal o intercomunal, las modificaciones y actualizaciones de los planes existentes deben seguir los mismos procedimientos ya revisados. Finalmente, es conveniente recordar que todos los actos administrativos relacionados con la elaboración, modificaciones o actualizaciones de los PIIMEP, así como la cartera priorizada de proyectos deben publicarse en el Diario Oficial.

En MVTO, estamos conscientes de que las implementaciones de nuevas leyes se realizan de manera gradual, por lo que nuestro compromiso es con la difusión de la normativa, de manera que los usuarios e inversionistas conozcan y comprendan los alcances de las modificaciones y cómo se puede mejorar la sustentabilidad de los barrios. #MVTO, Gestión en Movilidad.

Fuentes:https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1095541
 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
 https://www.minvu.gob.cl/wp-content/uploads/2019/06/DDU-448.pdf